97,7.
MATRIMONIO. a) Sacramento: El
matrimonio es un sacramento en el cual -contraído según las leyes de la Iglesia-
por el mutuo consentimiento de los contrayentes[1] ,
expresado legítimamente con libertad y sinceridad, Dios bendice y santifica la
unión de un hombre y de una mujer y les concede la gracia para santificar su
unión conyugal y para cumplir bien los deberes matrimoniales, como son: la
armonía conyugal, la fidelidad del corazón, el control de la concupiscencia, el
dominio de carácter, ayuda y consuelo mutuos, la educación de los hijos, el
sostenimiento del hogar, etc.[2] .
La gracia no
realizará de ordinario milagros, cuando las condiciones para un amor serio y
auténtico han fallado en su base; pero puede evidentemente potenciar y
robustecer el amor humano para que supere sus propias debilidades y deficiencias
.
El
matrimonio, más que un frío contrato, es un compromiso, es una alianza, una
comunidad de vida y amor, una convivencia en la que la procreación, siendo algo
muy importante, no tiene finalidad primordial. El amor y la mutua ayuda no
pueden relegarse a segundo plano.
«El
matrimonio constituye una íntima comunidad de vida y de amor
conyugal»[3] .
«El amor
entre el hombre y la mujer es algo natural. Llega un momento en que un
hombre y una mujer se aman, deciden entrar en una comunión estable de vida y
amor, para llegar a formar una familia. A esta comunión de vida y amor se
le llama matrimonio. En el matrimonio los esposos entran libremente, pero
ninguno de los dos, ni por separado ni de común acuerdo, pueden
romperlo»[4] .
«El
matrimonio viene a ser un convenio por el cual un hombre y una mujer,
jurídicamente hábiles, se entregan legítima y mutuamente el derecho perpetuo y
exclusivo sobre sus cuerpos, en orden a los actos de suyo aptos para
Por eso se
ha dicho acertadamente que el matrimonio es «uno con una y para
siempre».
Este vínculo
conyugal dura mientras dure la
vida de los dos cónyuges.
«Son
propiedades esenciales del matrimonio la unidad y la
indisolubilidad»[6] . «La
unidad, la indisolubilidad y la apertura a la fecundidad son esenciales al
matrimonio»[7] .
El amor es
muy importante en el matrimonio. Pero «el amor no hace el matrimonio. Puede
haber amor sin matrimonio y matrimonio sin amor. El matrimonio da estabilidad a
una serie de derechos y deberes contraídos libremente. (...) El matrimonio no es
un refrendo del presente: “nos queremos mucho”; sino un compromiso en un
proyecto de futuro»[8] .
«El
matrimonio es una entrega irrevocable de varón y mujer»[9] .
Por eso el
matrimonio es indisoluble, pues lo que se ha entregado total y definitivamente,
de modo voluntario, no se puede entregar a otra persona sin quitárselo
injustamente a la primera.
Los que no
quieren formalizar el matrimonio es para tener las manos libres y romperlo sin
compromisos cuando les apetezca.
Es decir, no
hay amor.
«Para
asegurar la validez del matrimonio basta con que los contrayentes no ignoren que
se trata de una sociedad permanente entre el hombre y la mujer, para tener
hijos: y que el consentimiento sea libre y sincero, manifestado según la fórmula
eclesiástica establecida»[10] .
La infidelidad
matrimonial y el libertinaje han acabado con el
verdadero amor. Esto es una tremenda desgracia. Las comodidades y las
diversiones no pueden suplir el amor de unos esposos y de unos hijos.
El
matrimonio es uno con una para
siempre. El amor familiar exige unidad e indisolubilidad matrimonial.
¿Cómo se van a amar unos esposos que ni se guardan fidelidad, ni le dan
importancia al adulterio? ¿Cómo va a ser posible ir al matrimonio con ilusión
cuando se sabe que lo que allí se va a recibir son cuerpos ya exprimidos en
aventuras amorosas con otros? ¿Cómo se van a amar unos hijos sin tener la
seguridad de que sean los propios? Es lógico que estos matrimonios sean un
fracaso. Por querer gozar de la vida han perdido el mayor goce de la vida: el
amor de un hogar.
Los
pensadores no tardarán en lanzar la voz de que esa libertad de costumbres es un
camino equivocado, y de que si queremos recuperar la felicidad de la vida hay
que volver al matrimonio uno e indisoluble de
Una vez más
la sociedad le dará la razón a la Iglesia.
Los
catastróficos resultados de una libertad de costumbres demuestran que la pureza
en la juventud y la fidelidad matrimonial que manda la Iglesia, aunque exige
renuncias y sacrificios, es el único camino para llegar a la felicidad de un
hogar con amor.
La gracia
sacramental del matrimonio es como una póliza de seguro sobrenatural para
proteger los riesgos de la vida conyugal.
La cuota de
esta póliza es el espíritu cristiano.
Cuanto mayor
sea el espíritu cristiano, más garantías de éxito tiene este seguro. Y la prueba
está en esos matrimonios innumerables de ancianos venerables que después de
muchísimos años de casados todavía se aman con ilusión: él te dice que ella es
una santa, y se le llenan los ojos de lágrimas; ella te asegura de mil formas
que no hay hombre como él, y no acaba de contarte casos concretos para
demostrarlo.
Más de
cincuenta años de compenetración, de mutua ayuda, de cariño desinteresado, de
sufrimiento mutuo, de sobrellevarse los defectos mutuamente y de muchísimo
espíritu cristiano les han dado en este mundo la mayor felicidad que aquí pude
gozarse.
En cambio,
¡qué vejez tan distinta van a tener esos matrimonios materialistas y sensuales!
Y no sólo la
vejez, que cuando falta el espíritu cristiano es muy fácil que se harten muy
pronto el uno del otro, y el hogar se convierta en una casa de
fieras.
No es lo
mismo vivir en matrimonio que en pareja.
Los animales
viven en parejas, más o menos duraderas, pero no en matrimonio como las
personas.
Hoy se da lo
que se llama «parejas de hecho».
Viven
matrimonialmente, como casados, sin estarlo.
Y quieren
los derechos de los casados. Pero para tener derechos hay que asumir los deberes
correspondientes.
«De lo
contrario se corre el peligro de caer en “un egoísmo entre dos”»[11]
Dice el
Nuevo Catecismo de
»La
expresión, en sí misma, es engañosa: ¿qué puede significar una unión en la que
las personas no se comprometen entre sí, y testimonian con ello una falta de
confianza en el otro, en sí mismo o en el porvenir?
»Esta
expresión abarca situaciones distintas: concubinato, rechazo del matrimonio en
cuanto tal, incapacidad de unirse mediante compromisos a largo plazo.
»Todas estas
situaciones ofenden la dignidad del matrimonio, destruyen la idea misma de la
familia, debilitan el sentido de la fidelidad.
»Son
contrarias a la ley moral: el acto sexual debe tener lugar exclusivamente en el
matrimonio.
»Fuera de
éste constituye siempre un pecado grave y excluye de la comunión
sacramental»[12] .
«Todo lo que
sea poner en el mismo nivel
Dice el
Diccionario de
El estudio
realizado por Wirthlin Worldwide
para el Centro Howard de la Universidad de Brigham
Young, en septiembre y octubre de 1999, en diecinueve países representativos de
los cinco continentes, constata que más del 80% de la población mundial está de
acuerdo en que la definición del matrimonio supone un hombre y una
mujer[14].
Las leyes
que rigen el matrimonio son
independientes de la voluntad de los que lo contraen.
Estos tienen
que aceptarlo tal como lo instituyó Jesucristo.
Cuando un
católico quiere casarse es
necesario santificar la unión con las bendiciones del sacerdote en el sacramento
del matrimonio.
Aunque los
ministros del sacramento del matrimonio son los mismos contrayentes, quienes se
administarn a sí mismos el sacramento, la presencia del sacerdote, testigo
cualificado de la Iglesia,
El único
matrimonio válido entre católicos es el
sacramento[16] .
El
matrimonio civil es absolutamente inválido entre católicos[17] ; sólo
vale para efectos jurídicos civiles: asuntos de apellidos, herencias,
etc[18] .
Esto lo
puede garantizar el Estado reconociendo el matrimonio religioso, o bien
añadiendo el matrimonio civil al matrimonio
religioso.
El católico
que se casa sólo por lo civil se autoexcluye de la comunión él mismo. Lo mismo
que el divorciado que se vuelve a casar, que no puede comulgar mientras no
arregle su situación[19] .
Es doctrina de la
Iglesia, que ha mantenido a través de los siglos, que un bautizado no puede
separar el matrimonio del sacramento.
Si no hay
sacramento, no hay matrimonio. Un católico que se casa solamente por lo civil,
para la Iglesia no está casado, es un concubinato. Por eso no lo admite a
Todo matrimonio
válido es indisoluble intrínsecamente, es decir, no puede ser disuelto por el
mutuo y privado acuerdo de los cónyuges.
Pero no todo
matrimonio es indisoluble extrínsecamente; es decir, que hay casos excepcionales
en los que algunos matrimonios pueden ser disueltos por
Por eso es
indiscutible que el Estado nunca tiene autoridad para romper el vínculo del
matrimonio sacramental. Lo único que puede hacer el Estado es dar leyes para la
nueva situación de los matrimonios rotos, pero dejando el vínculo intacto.
Al
matrimonio canónico están
obligados todos los católicos que no se hayan apartado de la Iglesia
por acto formal[20] .
Es decir: no
mera falta de práctica religiosa; pero tampoco hace falta la adscripción a una
religión no católica.
Sí lo sería
un rechazo de la Iglesia en un documento escrito, o declaración pública; pero
como dijo el Sínodo de 1980 «la fe
El
matrimonio de una persona católica con otra que no lo es requiere especiales
cautelas[22] .
«En peligro de
muerte, si no pueden conseguirse otras
pruebas, basta, a no ser que haya indicios en contra, la declaración de los
contrayentes, bajo juramento según los casos, de que están bautizados y libres
de todo impedimento»[23].
En
circunstancias extraordinarias en las cuales durante más de un mes no habrá
sacerdote que los case, los futuros esposos pueden contraer matrimonio ante dos
testigos que tengan uso de razón[24] .
Este
matrimonio es verdadero sacramento, pues los ministros del sacramento del
matrimonio son los mismos contrayentes[25] .
El sacerdote
es tan sólo un testigo cualificado. Y la Iglesia autoriza esta forma de
contraerlo en tales circunstancias.
Pero después
hay que dar cuenta, para que se registre en los libros
parroquiales[26] .
Este
sacramento hay que recibirlo en estado de
gracia[27] .
Quién recibe
el sacramento del matrimonio, a sabiendas, en pecado grave, comete un
sacrilegio[28] . Con
todo, este matrimonio, aunque sea un sacrilegio, es válido y
verdadero.
Antes de
recibir el sacramento del matrimonio es conveniente que los contrayentes
hayan recibido el sacramento de la confirmación, si pueden hacerlo sin grave
incomodidad[29] .
Para que el
matrimonio sea lícito y válido es
necesario que los contrayentes no estén ligados con ninguno de los impedimentos
que señalan las leyes de la Iglesia[30] , como
sería, por ejemplo, coacción[31], engaño
sobre la persona[32] o
cualidad importante que puede perturbar gravemente la vida
conyugal[33] . O
carecer de madurez humana suficiente para valorar los derechos y deberes
esenciales del matrimonio. O quienes no pueden asumir las obligaciones
esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica[34] . Las
causas de nulidad han aumentado, hoy día, con los avances de
«No podrán
contraer lícitamente matrimonio canónico el varón y la mujer que no hayan
cumplido los 18 años»[38] .
Antes de los 18 años, generalmente, se engendran hijos enfermizos y
débiles[39] . «Son
incapaces de consentimiento los que no tienen uso de razón»[40] .
Si se
tratase de una persona con la cual es
imposible la convivencia, podría estudiarse la posibilidad de
declarar nulo ese matrimonio. El matrimonio, como dice el Concilio Vaticano II,
es «comunidad en vida y en amor»[41] Si la
impotencia sexual es causa de nulidad matrimonial, también puede serlo la
incapacidad de poder realizar esa «comunidad de vida» por tener una personalidad
desestructurada. Sería como una impotencia psicológica[42] . Hay
personas neuróticas, psicopáticas, esquizofrénicas, con las cuales es imposible
convivir, y que pueden justificar una declaración de nulidad matrimonial. Así lo
reconoce el Nuevo Código de Derecho Canónico que
dice:
«Son
incapaces de contraer matrimonio quienes tienen un grave defecto de madurez de
juicio sobre los deberes y derechos del matrimonio que van a contraer; y quienes
no puedan asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de
naturaleza psíquica»[43] , como
serían las obligaciones del acto conyugal, la convivencia amorosa y la educación
de los hijos.
«Puede haber
matrimonios que no son válidos por diversos motivos, como son: porque los
esposos tiene un impedimento al que la Iglesia, o la ley natural, o la
Revelación, hacen nulo el matrimonio. O porque la forma establecida por la
Iglesia no se ha observado en la celebración del mismo. O porque uno de los
cónyuges no ha prestado el consentimiento matrimonial con las debidas
condiciones, por ejemplo, porque se ha casado bajo el impulso de un miedo
grave»[44] .
Hay casos
excepcionales en los cuales la Iglesia señala la
ausencia del vínculo matrimonial por algunos de estos impedimentos. Entonces
declara el matrimonio nulo.
No es que
anule un matrimonio válido, sino que demuestra que ese matrimonio nunca existió.
El eco que hacen las revistas del corazón de las anulaciones concedidas a
ciertas personas célebres, puede parecer que esto se consigue a base de dinero.
Es verdad
que conseguir la declaración de nulidad cuesta dinero, porque hay personas cuya
profesión es estudiar estos casos.
Pero esto no
cuesta millones, como algunos creen. Según el Vicario Judicial del Obispado de
Cádiz, Guillermo Domínguez, en
1996 cuesta unas 80.000 pesetas.
Sin embargo,
si no hay dinero, pero hay razones, se puede conseguir gratis. En 1977 se
otorgaron en España 534 sentencias de nulidad[45] . De
estas anulaciones, el 30% se concedieron gratuitamente, según dijo el Vicario de
Madrid,
El 18 de
noviembre de 1998 le oí una conferencia, en el Hotel Atlántico de Cádiz, al
Profesor
Por otra
parte «el 80% de las sentencias de
[1] Nuevo Catecismo de
[2] Nuevo Catecismo de
[3] Concilio Vaticano
II: Gaudium et Spes:
Constitución sobre la Iglesia en el mundo actual, nº
48
[4] Conferencia Episcopal
Española: Catecismo Escolar 8º EGB, XIV, 2. EDICE. Madrid,
1983.
[5] SÁNCHEZ COVALEDA,
S.I.: Breviario Teológico de la Salvación,
3ª, VII, 1. Salamanca, 1975
[6] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1056
[7] Nuevo Catecismo de
[8] JUAN IGNACIO BAÑARES:
39 Cuestiones doctrinales, V, 1.
Ed. Palabra. Madrid. 1990.
[9] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1057, 2
[10] Libro básico del
creyente hoy, XIX, 2. Ed. PPC. Madrid, 1970
[11] XAVIER
LACROIX; El matrimonio, I,4.
Ed. Mensajero. Bilbao. 1996.
[12] Nuevo Catecismo de
[13] Revista FAMILIA
CRISTIANA, X,1994.
[14] ZENIT: Boletín
informativo del Vaticano en INTERNET.
ZS00092006
[15] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1108, 1
[16] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1055,2
[17] ANTONIO ROYO MARÍN,
O.P.: Teología Moral para Seglares,
2º,2ª,VII,537,5º. Ed.BAC. Madrid.
[18] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1059
[19] Nuevo Catecismo de
[20] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1117
[21] Diario YA, 23-XI-80,
pg. 22
[22] Nuevo Catecismo de
[23] Nuevo Código de Derecho
Canónico, nº 1068
[24] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1116
[25] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1098
[26] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1121,2º
[27] Nuevo Catecismo de
[28] ANTONIO GARCÍA FIGAR, O.P.:
Matrimonio y familia,II, 4.
Ed. FAX. Madrid.
[29] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1065
[30] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1073-1095
[31] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1103
[32] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1097
[33] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1098
[34] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1095
[35] JUAN EGUREN,S.I.:
Matrimonio cristiano, hoy,
VII,7. Ed. EDICEP. Valencia.
1981
[36] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1101, 2
[37] ANTONIO ROYO MARÍN,
O.P.: Teología Moral para Seglares, 2º, 2ª,
VII, nº 473. Ed. BAC.Madrid
[38] Artículo 11 del
Decreto General de
[39] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1095
[40] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1095
[41] Concilio Vaticano
II: Gaudium et Spes:
Constitución sobre la Iglesia en el mundo actual, nº
48
[42] ANTONIO REYES
CALVO: Capacidad del sujeto en orden al
matrimonio como comunidad de vida
y amor. Salamanca, 1975
[43] Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 1095,3º
[44]
[45] Diario YA, 24-X-80,
pg. 8
[46] Revista ECCLESIA,
2005(8-XI-80)
[47] ZENIT. Boletín
informativo del Vaticano en INTERNET del 21-enero-2000:
ZS00012110.