69.- EL SÉPTIMO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES: NO ROBARÁS.

 

69,1. Este mandamiento prohíbe quitar, retener, estropear o destrozar lo ajeno contra la voluntad razonable de su dueño[1] .

Por ejemplo: le quito a un compañero su reloj de pulsera y lo vendo a otro; o no quiero devolverlo a quien me lo ha prestado; o en un momento de enfado le doy al reloj un fuerte martillazo para vengarme de mi amigo: todo esto está incluido en la prohibición del séptimo mandamiento.

 

Contraer deudas sabiendo que no se podrán pagar en el plazo adecuado, es un pecado muy frecuente en nuestros tiempos, en que tanta gente vive por encima de sus posibilidades.

 

Este mandamiento prohíbe también el fraude: robar con apariencias legales, con astucia, falsificaciones, mentiras, hipocresías, pesos falsos, ficciones de marcas y procedencias, etcétera.

Algunos modos modernos de robar son la emisión de cheques sin fondo, o la firma de letras de cambio que no podrán nunca ser pagadas.

 

Tan ladrón es el atracador con metralleta, como el que roba con guante blanco aprovechándose de la necesidad para sacar el dinero abusivamente.

Pueden ser pecado grave los precios injustos que se ponen al abrigo de ciertas circunstancias.

Ladrones con guante blanco son también aquellos que exigen dinero por un servicio al que por su cargo estaban obligados.

Es distinto recibir un regalo hecho libremente por quien está agradecido a tu servicio.

Roban igualmente los que cobran sueldo por un puesto, cargo, destino, servicio, etc., y no lo desempeñan o lo desempeñan mal.

 

Puede haber robos que la justicia humana no pueda castigar, pero que no dejará Dios sin castigo. Por ejemplo, el que se niega a pagar una deuda cierta porque al acreedor se le ha extraviado el documento y no tiene testigos.

Otras clases de robo son la usura, las trampas jugando dinero y en las compraventas, etc.

Para la justicia en las compraventas hay que tener en cuenta que ninguno de los contratantes quiere hacer un regalo al otro; sino que ambos aspiran a un servicio recíproco, cambiando objetos de igual valor, pero de distinta utilidad para cada uno.

En todo intercambio de bienes, cada una de las partes ha de recibir la justa y correspondiente contrapartida.

 

Cuando el robo ha sido con violencia personal, el pecado es más grave, y por lo tanto debe manifestarse esta circunstancia en la confesión.

Lo mismo cuando se trata de un robo sacrílego: por ejemplo, robar un cáliz consagrado.

 

También se falta a la justicia, y  a veces gravemente, cuando por negligencia se retrasan los salarios o pagos, pudiendo hacerlos a tiempo.

Mientras se pueda, convendría pagar al contado, sobre todo a los que lo necesitan.

 

69,2. Las cosas perdidas tienen dueño, por lo tanto, no pueden guardase sin más. Hay que procurar averiguar quién es el dueño y devolverlas, «pudiendo deducir los gastos que se hayan hecho (anuncios, etc.), para encontrar al dueño»[2] .

Y tanta más diligencia habrá que poner en buscar al dueño, cuanto mayor sea el valor de la cosa.

Solamente puedo quedarme con lo encontrado, cuando, después de una diligencia proporcionada al valor de la cosa, no he podido saber quién es su dueño[3] .

 

No podemos causar daños en bienes ajenos. Cuidar bien las cosas que usamos (autobuses, ferrocarriles, jardines, etc.) es señal de buena educación y cultura. Maltratarlas es propio de gamberros. ¡Y además queda la obligación de reparar!

 

69,3. Lo robado hay que devolverlo[4] . No se puede ni vender ni comprar.

Quien adquiere objetos que sabe son robados se hace cómplice del robo y está obligado a la restitución.

Quien compra a un ladrón, carga con la obligación de devolver lo robado a su verdadero dueño o dar a los pobres el dinero de su valor.

 

Quien peca contra este mandamiento debe tener propósito de devolver lo robado y reparar los daños ocasionados, para que se le pueda perdonar el pecado.

La restitución no es siempre fácil. El confesor puede orientar sobre el modo más a propósito para hacerla.

 

Sobre la restitución conviene tener presente[5] :

1) Debe restituirse a las personas que han sido injustamente perjudicadas. Si éstas han muerto, a sus herederos. Y si no hay herederos, a los pobres o a obras piadosas. Pero nadie puede beneficiarse de lo que robó.

2) Si uno no puede restituir todo lo que debe, tiene que restituir, al menos, lo que pueda; y procurar llegar cuanto antes a la restitución total.

3) El que no puede restituir enseguida, debe tener el propósito firme de restituir cuando le sea posible.

4) El que no pueda hacer la restitución personalmente, o prefiere hacerla por medio de otro, puede consultar con el confesor.

5) El que pudiendo no restituye, o no repara los daños causados injustamente al prójimo, no obtiene el perdón de Dios: no puede ser absuelto[6] .

 

«Quienes pudiendo no cumplen su deber de restituir, no tienen ni verdadera contrición del pecado cometido ni el propósito firme de enmienda, necesarios para la válida absolución sacramental. (...) Excusa del deber de restituir únicamente la imposibilidad física o moral, mientras dure. La obligación de restituir queda extinguida por la libre y válida condonación del acreedor, por la recíproca compensación, y por la legítima prescripción»[7].

 

No obliga la restitución si por hacerla perdemos la fama o el nivel social justamente adquirido. Y también por prescripción, según las leyes civiles.

Si no puedes restituir de momento, debes evitar gastos inútiles y superfluos para poder restituir todo cuanto antes.

Quien se halle en absoluta imposibilidad de restituir, que procure hacer el bien al damnificado y orar por él.

 

Caso especial es el poseedor de buena fe.

«Quien está convencido de que lo que posee es suyo, bien porque lo haya comprado o recibido en herencia o en donación, si llega a conocer que no le pertenece, puede encontrarse en los siguientes casos:

-Si conoce al verdadero dueño, debe devolverlo, a no ser que haya prescrito.

-Si la cosa pereció por consumo o por causas naturales, no está obligado a compensar al verdadero dueño, pues “las cosas perecen para su dueño”.

- Si la posesión produjo algunos beneficios de modo espontáneo (cría de animales, réditos bancarios) éstos pertenecen la verdadero dueño, pero si se deben a esfuerzo personal (frutos industriales) pertenecen al poseedor de buena fe»[8] .

 

Hay personas que roban cosas pequeñas por un impulso interior. Se trata de una enfermedad que recibe el nombre de cleptomanía.

Conviene curarla pues puede poner, al que la padece, en situaciones vergonzosas.

Pero hay otras personas que roban en Hoteles y Comercios por puro deporte, por la vanidad de presumir de ingeniosos. Esto es inmoral, vergonzoso y rebaja al que lo realiza.

Y además queda la obligación de restituir al perjudicado; y si esto no es posible dando de limosna el importe de lo robado.

 

69,4. También peca contra este mandamiento el que en alguna manera coopera al robo, ya sea mandando, aconsejando, alabando, ayudando, encubriendo o consintiendo, pudiendo y debiendo impedirlo[9] .Por ejemplo: Un día a las 5:10 de la tarde, aprovechando la poca concurrencia en la calle, un taxi se detiene delante de una joyería. Descienden del automóvil tres individuos enmascarados, pistola en mano. Entran en el establecimiento y se apoderan de joyas por valor de muchos miles de pesetas. Suben de nuevo al taxi y desaparecen veloces.

 

En este ejemplo han pecado gravemente:

1º.  El jefe de la banda de atracadores, que no iba en el taxi, pero fue quien los mandó.

2º. Otro atracador, que tampoco estuvo en el robo, pero animó a los otros, algo indecisos, a hacerlo.

3º. El taxista, que libre y voluntariamente se ofreció a llevarlos con una buena participación en el «negocio».

4º. Desde luego los tres atracadores.

5º. El pariente de uno de los atracadores que ocultó el maletín de joyas en su casa, sabiéndolo todo de antemano.

6º. Incluso el transeúnte que les vio entrar armados en la joyería y, pudiendo fácilmente telefonear a la policía, prefirió sentarse en un banco un poco alejado, para ver cómo terminaba aquel curioso espectáculo.

Como el robo fue grave, todos éstos pecaron gravemente. Si el robo hubiera sido leve, también hubieran pecado todos ellos; pero su pecado hubiera sido venial.

 

La colaboración al pecado tiene diversos aspectos:

Se llama cooperación formal cuando se desea el hecho pecaminoso. Esto siempre es pecado.

Se llama cooperación material cuando no se desea el hecho pecaminoso, aunque se coopere a él.

Esta cooperación material puede ser inmediata o mediata.

Inmediata será si esta cooperación es necesaria para el hecho pecaminoso. Esta cooperación también es pecado.

Será mediata, si esa cooperación no es necesaria para el hecho pecaminoso. La cooperación mediata puede ser lícita con tal de que:

a) La acción del cooperante sea, en sí misma, buena o indiferente.

b) La intención del cooperante no apruebe el pecado al que coopera.

c) Haya un motivo para cooperar, pues lo que se desea es un efecto bueno.

d) El efecto bueno no sea consecuencia del efecto malo[10] .

 

69,5. El séptimo mandamiento defiende el derecho de propiedad. Prohíbe robar, porque no es justo quitarle a otro lo que le pertenece lícitamente.

Si el hombre tiene el deber de conservar su vida[11] , y de fundar una familia[12] , ha de tener derecho a procurarse los medios necesarios para ello.

Estos medios se los procura con su trabajo. Luego el hombre tiene derecho a reservar para sí y para  los suyos lo que ha ganado con su trabajo.

 

Este derecho del hombre exige en los demás el deber de respetar lo que a él le pertenece: esto se llama derecho de propiedad.

El derecho de propiedad es conforme a la naturaleza humana[13] .

 

«El derecho de propiedad, en sentido cristiano, no es la facultad de disponer de las riquezas según el libre antojo o capricho, atendiendo únicamente al propio placer o utilidad.

»Este concepto, que es el de la escuela liberal, está altamente reprobado por la moral católica; que si bien reconoce por uno de sus principios fundamentales el respeto a la propiedad legítima, también cuenta entre sus terminantes enseñanzas la ley de la justicia social y la de que el rico debe ser, sobre la Tierra, la providencia del pobre»[14] .

 

Es cierto que la justa posesión de los bienes lleva consigo la obligación del uso justo de los mismos; pero aunque el abuso en el uso sea pecado, no anula la realidad del derecho[15] .

Y si los propietarios, faltando a su obligación, no hacen buen uso de su propiedad, corresponde al Estado -guardián del bien común- poner sanciones convenientes que pueden llegar, si las circunstancias lo requieren, a la expropiación y a la confiscación.

Ya se entiende que esta intervención del Estado no debe ser arbitraria, sino que siempre debe estar subordinada al bien común de la nación[16] .

«La autoridad política tiene el derecho y el deber de regular en función del bien común el ejercicio legítimo del derecho de propiedad»[17] .

 

La propiedad privada vincula a determinados individuos los bienes de este mundo.

Estos bienes tienen de por sí un fin esencial puesto por Dios, que no puede frustrarse; por tanto, siempre la propiedad privada debe atender a este fin. De lo contrario es desordenada. Este fin consiste en que los bienes de la Tierra fueron creadospara que todos y cada uno de los hombres pudiesen satisfacer sus necesidades[18] .

Bien lo expresó Pío XII: «Dios, Supremo Proveedor de las cosas, no quiere que unos abunden en demasiadas riquezas mientras que otros vienen a dar en extrema necesidad, de manera que carezcan de lo necesario para los usos de la vida»[19] .

Quien no quiere distribuir la riqueza es como el que no quiere que otros entren en el teatro para disfrutar él solo de lo que se ha hecho también para los demás.

La comparación es de San Basilio.

Los animales están al servicio del hombre[20] . Por eso «es indigno invertir en ellos sumas que deberían remediar, más bien, las miserias de los hombres»[21] .

 

El buen uso del dinero en ricos y pobres es el punto central de la cuestión social. Pero de esto ya te he hablado en el cuarto mandamiento.

 

69,6. Digamos aquí algo del deber de dar limosna[22] . «El que tuviere bienes de este mundo y viendo a su hermano pasar necesidad le cierra las entrañas, ¿cómo mora en él la caridad de Dios?»[23] .

 

No confundamos los deberes de caridad con los deberes de justicia[24] .

Sería una equivocación querer suplir con obras de caridad los deberes de justicia[25] . Pero siempre habrá lugar para la caridad, porque siempre habrá desgracias en este mundo.

Y desde luego, mejor que dar pan hoy, es dar la posibilidad de que no tengan que pedirlo mañana: puestos de trabajo, escuelas, etc.

 

Siempre será verdad aquello de que:«la limosna beneficia más al que la da que al que la recibe»[26] .

A la caridad están obligados todos los hombres. Los que tienen mucho, mucho. Los que tienen poco, poco. Cada cual, según sus posibilidades, debe cooperar a remediar las necesidades de los que tienen menos.

Dice el Concilio Vaticano II que la limosna debe darse no sólo de los bienes superfluos, sino también de los necesarios[27] .

Dice el Nuevo Código de Derecho Canónico: «Todos tienen el deber de promover la justicia social, así como ayudar a los pobres con sus propios bienes»[28] .

Quizás la limosna callejera se preste a abusos y engaños; aunque muchas veces se presentan necesidades reales que no deberíamos desoír. Pero hoy día hay una caridad organizada que permite encauzar las limosnas hacia necesidades reales y urgentes.

 

«Para que este ejercicio de la caridad sea verdaderamente extraordinario y aparezca como tal, es necesario que se vea en el prójimo la imagen de Dios según la cual ha sido creado, y a Cristo Jesús a quien en realidad se ofrece lo que se da al necesitado; se considere con la máxima delicadeza la libertad y dignidad de la persona que recibe el auxilio; que no se manche la pureza de intención con ningún interés de la propia utilidad o por el deseo de dominar; se satisfaga ante todo a las exigencias de la justicia, y no se brinde como ofrenda de caridad lo que ya se debe por título de justicia; se quiten las causas de los males, no sólo los efectos; y se ordene el auxilio de forma que quienes lo reciben se vayan liberando poco a poco de la dependencia externa y se vayan bastando por sí mismos»[29] .

 

«Para que la limosna sea auténticamente cristiana, debe tener ciertas cualidades.

»En primer lugar debe ser justa,es decir, hecha de los bienes que uno tiene y de los que legítimamente puede disponer. Nunca tendrá valor la limosna hecha con bienes de otros, como suele a veces suceder.

»La limosna tiene que ser prudente, es decir, que se debe distribuir entre verdaderos necesitados, y se debe dar a aquellos pobres a los que realmente no les va a hacer más daño que bien.

»La limosna tiene que ser pronta, es decir, se debe dar a tiempo, y no “vuelve mañana”.

»La limosna debe darse con alegría, porque Dios quiere al que da alegremente.

»La limosna debe ser secreta, no proclamada a los cuatro vientos, buscando la alabanza de los que la ven hacer.

»La limosna debe ser desinteresada, es decir, al hacer la limosna no buscar satisfacción humana, sino solamente el cumplimiento del precepto del amor al prójimo.

»Por eso, como última cualidad, aunque debe ser la fundamental, señalemos que la limosna debe hacerse por amor al prójimo, y no por otros motivos más o menos humanamente legítimos, pero cristianamente no correctos»[30] .

 

Afortunadamente el deber de dar limosna va entrando poco a poco en la conciencia de los católicos. Aunque algunos todavía no acaban de comprender que ellos son meros administradores de los bienes que Dios ha puesto en sus manos. Y que Dios, que es el Dueño de todo, desea que esos bienes ayuden también a otros, después de haber remediado sus propias necesidades.

No es justo que la primera parcela que recibe el agua para regar la absorba toda y se encharque, impidiendo que el agua fluya a otras parcelas que también la necesitan.

Dar cifras concretas sobre la cantidad de limosna, resulta siempre algo arriesgado; pero peor es no darlas. Algo se puede orientar.

 

Para una orientación de lo que se puede dar, voy a poner aquí un porcentaje sacado de diversas consultas a moralistas, economistas y obreros auténticamente cristianos. No es para que se tome como norma obligatoria, sino orientadora. Las circunstancias particulares de alguno le impedirán llegar a ella; pero la generosidad de otros la superará con creces.

Según la Comunidad Económica Europea, se consideran pobres los que disponen menos del 50% de la renta per cápita de su país.

Como en España la renta per cápita es de 12.000 dólares, es decir, de 1.200.000 ptas. al año (7.000 euros), todo el que gane menos de 60.000 ptas. (360 euros)  al mes, puede considerarse exento de dar limosna.

Aunque la generosidad cristiana nunca debe tener cerrada la puerta.

 

Llamo ganancias a lo que queda después de haber liquidado a Hacienda

Ganancias inferiores al millón de ptas. anuales (6.000 euros), dar del 1 al 5%.

Ganancias de un millón de pesetas (6.000 euros) a cinco millones de pesetas. (30.000 euros)  anuales: dar del 5 al 10%.

Ganancias de 5.000.000  de pesetas (30.000 euros) a 10.000.000 de pesetas (60.000 euros) . anuales: dar del 10 al 20%.

Ganancias superiores a 10.000.000 de ptas. anuales (60.000 euros): dar del 20 al 50%.

 

Los matrimonios que tengan hasta tres hijos pueden reducir en un 10% la cantidad que resulte de aplicar estos porcentajes.

De cuatro a siete hijos pueden reducir esta cantidad en un 25%.

Los que tengan más de ocho hijos, pueden reducirla en un 50%.

Pueden presentarse circunstancias de gastos excepcionales que requieran consulta particular. Y también la generosidad de cristianos ejemplares aumentará estas cantidades orientadoras.

Conozco a personas que dan hasta el 25% de sus ingresos.

 

Otra forma de calcular lo que se debe dar de limosna, podría ser:

Separar los gastos fijos (casa, electricidad, gas o butano, alimentación, limpieza, servicio doméstico, teléfono, coche, transporte, seguros, letras, parroquia, peluquería, asignación de los hijos, colegios y material de enseñanza).

De lo que sobre de estos gastos fijos, gastar la mitad en vestir, diversiones, etcétera; y de la otra mitad, el 50% para ahorro o gastos extraordinarios y el otro 50% para limosna.

 

Los españoles deberíamos dar mucha más limosna de la que damos.

Lo que cada español da de dinero, por término medio, es setenta pesetas al año; y deberíamos dar unas quince mil, dado el consumo de bienes superfluos. Reuniendo lo que damos para la Campaña del Hambre, Cáritas, Cáncer, Cruz Roja y Domund, según la Memoria de estos Organismos, se suman veinte mil millones de pesetas al año[31] ; mientras que al año gastamos en:

                 

1.- Bebidas alcohólicas                           272.347.000.000 de pesetas                 

2.- Tabaco                                                 455.653.000.000.        “              

3.-Bingo, Loterías, Quinielas, ONCE, 1.493.895.000.000       “              

4 .- Tragaperras                                     1.470.260.000.000        “              

 

Estos datos de 1999 se pueden comprobar en la Contabilidad Nacional de España que publica el Instituto Nacional de Estadística.

 

Desde que se ha permitido en España el juego, éste se ha convertido en un vicio nacional.

El hecho de que los españoles se gasten en juegos de azar en un año[32] 4.000.000.000.000 de pesetas (¡doce ceros!) es una atrocidad.

España es el país del mundo que más gasta en juegos de azar, por persona, después de Filipinas[33] .

Hay personas que se gastan en el bingo lo que necesitan en su casa. Esto es una inmoralidad.

Y si lo que gastan es lo que les sobra, que lo den de limosna a personas que lo necesiten. Pero el dinero no es para jugárselo. A no ser que sea en pequeñas cantidades[34] .

 

El juego es un vicio en el que se empieza por cantidades pequeñas y a veces se termina jugándose lo inconcebible.

La ludopatía (adicción al juego) es hoy en España un problema tan grave como las drogas[35] .

Los juegos de azar, están convirtiendo a España en un pueblo de ludópatas. Con tanta lotería el vicio cunde hasta el punto de que el Hospital Ramón y Cajal ha puesto en marcha el ensayo de un medicamento para tratar la ludopatía[36] .

Casi dos millones de españoles tienen adicción a los juegos de azar[37] .

Según Ramón Marrero, Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales, el 5% de la población andaluza -unas 350.000.personas- padece ludopatía.

El año 1994 gastaron en juegos de azar 500.000 millones de pesetas[38] .

Un solo ludópata, Ángel Asenjo, de 58 años, se autodenunció de estar esclavizado por el juego. Llegó a robar del Banco donde trabajaba 243 millones de pesetas. Habitualmente jugaba 70.000 pts. diarias[39] .

José Sánchez León, atracó veintidós Bancos para gastárselo todo en el juego. Él mismo afirma que se pasaba diez horas seguidas en la mesa, y se jugaba millones cada noche. El fiscal pidió para él 154 años de cárcel[40] .

Elfriede Blauensteiner asesinó a dieciséis amantes, ricos y ancianos, envenenándolos, después de lograr su testamento a favor de ella, para jugarse el dinero a la ruleta en diversos casinos[41] .

 

En el programa televisivo Cita con la vida de Nieves Herrero en Antena 3, salió Asunción González el miércoles, 27 de Septiembre de l995, a las once y media de la noche. Manifestó que se quedó viuda y empezó a ir al bingo por entretenimiento, pero terminó enganchada por el vicio del juego hasta el punto de arruinarse, perdiendo varios millones; y lo que es peor, perdiendo el cariño de su hija, a quien no ve desde hace ocho años.

 

El Dr. Román Fernández, Presidente de ACOJER, una asociación para la rehabilitación de jugadores empedernidos, afirma que hoy hay en España 380.000 enfermos por adicción al juego.

 

La ludopatía provoca problemas familiares, laborales, económicos y sociales, ya que el enfermo necesita jugarse todo el dinero que encuentra, y por ello llega a romper con su trabajo, sus amigos y su familia.

 

La necesidad de dinero para jugárselo le lleva hasta a robar.

Los ludópatas experimentan una necesidad de jugar como la que tiene un heroinómano de pincharse[42] .

La ludopatía es una enfermedad mental.

 Es una enfermedad que esclaviza.

 

69,7. «La moral católica ha admitido tradicionalmente dos posibilidades en las que un acto aparentemente en contra de la propiedad privada no es considerado como robo: son los casos de extrema necesidad y de compensación oculta[43] .

 

«Quien se haya en situación de necesidad extrema tiene derecho a tomar de la riqueza ajena lo necesario para sí»[44], «con tal de no poner al dueño en el mismo grado de necesidad».

«En este caso, tomar lo ajeno no sería un robo, porque el derecho de propiedad cedería al superior derecho a la vida. Pero se debería probar que la situación es realmente «necesidad extrema». En la práctica ha de evitarse llegar a esta situación, que daría lugar a un evidente desorden social»[45].

 

Extrema necesidad es más que grave y apremiante necesidad; es una situación tal en la que no sería posible continuar viviendo si no es a costa de los bienes del prójimo «apropiados» por su propia cuenta[46] .

 

Oculta compensación es la posibilidad mediante la cual uno mismo toma lo que en justicia se le debe, adueñándose ocultamente de los bienes propios del deudor y equivalentes a esta deuda[47] .

 

«La deuda ha de ser clara, la voluntad de no satisfacerla también, los otros medios para recuperar lo debido han de estar agotados, y la compensación no ha de dañar a un tercero»[48] .

 

69,8. Es pecado grave, ordinariamente hablando, el robar a una persona una cantidad igual a su salario diario[49] .

 

Los robos pequeños pueden llegar a ser pecado grave, cuando se acumulan: bien por tener intención de robar mucho, poco a poco (uno solo o entre varios); bien por ir guardando lo robado; bien por robar en pequeño espacio de tiempo, aunque en diversas veces, una cantidad que, sumando las partes, llegue a ser grave[50] .

 

 El robo será pecado grave o leve según el perjuicio que se haga.

Hay que tener en cuenta la cantidad que se roba y la persona a quien se roba. Aunque hay una cantidad -llamada por los teólogos «absolutamente grave»- que, por ser grande, el robarla siempre es pecado grave.

 

70.- EL OCTAVO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES: NO DIRÁS FALSO TESTIMONIO NI MENTIRÁS.

 

70,1. Este mandamiento manda no mentir, ni contar los defectos del prójimo sin necesidad, ni calumniarlo, ni pensar mal de él sin fundamento, ni descubrir secretos sin razón suficiente que lo justifique.

 

70,2. Este mandamiento prohíbe manifestar cosas ocultas que sabemos bajo secreto. Hay cosas que caen bajo secreto natural.

«No se puede revelar, sin causa grave, algo de lo que tenemos conocimiento, que se refiere a la vida de otra persona, y cuya revelación le causaría un daño. Esta obligación subsiste aunque no se trate de un secreto confiado, y aunque no se haya prometido guardarlo. Para que sea un secreto legítimo no es necesario que se refiera a materias graves: secretos de Estado, secreto profesional, etc. Aunque el nombre de secreto no sea el más adecuado, cae también en este ámbito la legítima reserva que toda persona guarda sobre su vida privada y familiar. En la mayoría de los casos se trata de cosas conocidas en el círculo de los amigos, es decir, más que de ocultar algo se trata de no darle una publicidad innecesaria»[51] .

 

«Investigar la vida íntima de una persona sin su autorización o consentimiento constituye una violación de un derecho natural de la persona humana, que tiene derecho a que se le respete su intimidad personal»[52] .

 

«Los responsables de los medios de comunicación social tienen obligación de servir a la verdad y de no ofender a la caridad»[53] .

 

Es lícito revelar un secreto[54] (aun el confiado) para evitar un daño muy grave al que lo posee, o al que lo confió, o a tercera persona inocente injustamente perjudicada por el que confió el secreto, o por necesidad del bien común[55] .

Pero lo que el sacerdote sabe bajo secreto de confesión no lo puede revelar por nada del mundo, ni para salvar su vida, ni para evitar una guerra mundial (ver nº 90).

 

 

70,3. Leer cartas no dirigidas a nosotros puede ser pecado grave[56] , pues nos exponemos a enterarnos de cosas graves que no tenemos derecho a conocer[57] ; a no ser que se suponga permiso del remitente o del destinatario.

 

Pero es lícito a los padres leer las cartas de los hijos que aún están bajo su potestad[58] , aunque no deberían hacerlo sin causa justificada. Lo mejor es que los hijos espontáneamente se las lean cuando parezca conveniente.

 

También pueden los Superiores leer las cartas de sus súbditos cuando sospechan fundadamente que en ellas se contiene algo malo, o si la Regla les concede este derecho.

Se exceptúan, sin embargo, las cartas dirigidas a los Superiores Mayores, y las destinadas a los confesores, que nunca deben ser leídas por nadie que no sea el destinatario.

 

70,4. Murmurar es difundir defectos del prójimo en su ausencia.

«El derecho a la buena fama es natural en el hombre. Todo ser humano tiene derecho a su buena fama, pues nadie ha d ser tenido por malo hasta que sea evidente que lo es. Por eso la injusta difamación de una persona es un pecado contra la estricta justicia, y obliga, en conciencia, a restituir»[59].

 

En materia de murmuración es posible llegar a pecado grave si se quita la fama, aunque las cosas que se dicen sean verdaderas, si son graves y no son públicas; a no ser que haya causa que lo justifique, como sería evitar un daño.

Además, muchas veces, después, no se puede restituir bien la fama que se ha quitado.

 Pasa como cuando se derrama un cubo de agua, que nunca se puede recoger de nuevo toda el agua.

 

Quien con sus preguntas, interés, etc., induce eficazmente a otro para que difame injustamente al prójimo, peca, grave o levemente, contra la justicia, según la gravedad de lo que se diga.

Quien al oírlo se alegra, peca contra la caridad.

Quien pudiendo impedirlo, no lo hace, peca si es un superior: por ejemplo, el padre en la familia. Un igual generalmente no tiene obligación de impedirlo, al menos obligación de pecado grave.

Y si prevé que su intervención sólo ha de servir para empeorar la cosa, es mejor no decir nada; pero desde luego, tampoco puede dar muestras de aprobación a la falta.

 

Se puede mostrar desagrado guardando silencio, no prestando atención, e incluso defendiendo o excusando al prójimo, si esto no es contraproducente.

 

Dice San Bernardo: «La lengua es una lanza que de un solo golpe atraviesa tres personas: la que murmura, la que escucha y aquella de quien se murmura»[60] .

 

Muchas veces nos arrepentimos de haber hablado. Pocas veces de haber callado.

 

Hay personas que tienen el mal gusto de estar siempre revolviendo los defectos de los demás: se parecen a los escarabajos peloteros.

En cambio, en una ocasión oí este elogio de cierta persona: «Siempre habla bien de todo el mundo». ¿Verdad que esto segundo es mucho más bonito?

 

Siempre que puedas, elogia lo digno de elogio. A todo el mundo le gusta verse estimado. Y, además, todos tienen derecho a que se les reconozcan sus méritos. Hay que saber ver el lado bueno de las cosas.

Ante media botella, uno se entristece porque está medio vacía; pero otro se alegra porque todavía le queda media botella.

 

Una persona a quien estaban criticando de otra pidió una hoja de papel y  en el centro puso un punto.

Entonces preguntó a la criticona:

- ¿Tú qué ves aquí?

- Un punto negro.

- Pues yo veo una hoja blanca.

 

Hay personas que sólo se fijan en los defectos del prójimo., e ignoran sus virtudes. «Las personas, cuanto menos valen menos valoran a los demás» (Narosky)[61].

 

No deberíamos hablar mal de nadie.

A no ser con causa justificada, como sería al aconsejar a otro, prevenirle, etc. No es falta de caridad atacar al lobo, sino caridad con las ovejas.

 

Eso de «piensa mal y acertarás», aunque a veces dé resultado, es muy poco cristiano.

Es mil veces mejor esto otro: «piensa bien de todos mientras no tengas razones claras que justifiquen el pensar mal».

 

Aparte de que «la experiencia nos enseña que el hombre más mentiroso dice mayor número de verdades que de mentiras, y que el más malvado hace muchas más acciones buenas o indiferentes que malas»[62] .

 

Por eso  dijo Jesucristo: «No juzguéis y no seréis juzgados»[63] . Se trata naturalmente de un juicio ligero.

«No se han de juzgar sin motivo desfavorablemente las acciones de los demás o las intenciones de ellas»[64] .

 

Es muy difícil juzgar con justicia a los demás. Las apariencias, a veces, engañan. La verdad queda oculta en el corazón.

Y sólo Dios conoce el corazón de los hombres.

 

Algunas personas necesitan estar siempre en el candelero.

Que todos las miren y admiren.

Como los «Gigantes y Cabezudos» en algunas procesiones:  se buscan un armatoste para sobresalir y ser mirados por todos.

Aunque este muñeco sea de cartón-piedra y por dentro esté vacío.

Pero ellos quieren sobresalir, aparecer grandes, mayores que los demás. Por eso se meten dentro de esos gigantes de feria.

Y si no encuentran el muñeco que les aúpe, se ponen una gran cabeza de cartón como los «cabezudos»: critican todo y a todos; porque sólo ellos tienen siempre la verdad en todo.

Los demás son ignorantes, ingenuos o malvados.

Todos riegan fuera del tiesto.

Los únicos que saben lo que hay que hacer para acertar son ellos.

Lo malo es que hay una gran desproporción entre su cabezota de cartón y su corazón, que, quizás, tiene también mucho de cartón.

 

70,5. La calumnia es quitar la fama al prójimo atribuyéndole pecados o defectos que no tiene, o faltas que no ha cometido[65] .

 

Hay obligación de restituir la fama o la honra que se ha quitado, y reparar los daños que se hayan seguido[66], si han sido previstos, al menos en confuso[67] .

 

«Cuando para la difamación o la calumnia se han empleado los medios de comunicación social, a través de estos mismos medios debe hacerse la reparación, a fin de que ésta pueda llegar hasta donde llegó la difamación o la calumnia»[68] .

 

La calumnia será grave o leve según que la materia de la calumnia sea grave o leve.

Pero advierten los moralistas que en esto es muy fácil llegar a la gravedad, por lo mucho que el hombre estima su propia fama.

Todo el mundo da más valor a su propia honra que a un puñado de monedas.

 

Puedes restituir la fama hablando bien de la persona de quien antes hablaste mal, alabándola en otras cosas -si lo que dijiste era verdadero-, o diciendo que te has enterado de que aquello que contaste no es verdad -si lo que dijiste fue falso-. A no ser que parezca más prudente dejar ya todo en el olvido.

 

70,6. La mentira debe evitarse porque es pecado.

Pero generalmente es pecado venial. La mentira será grave si hace daño grave a otros[69] .

La mentira debe evitarse, además, por el daño que nos hace a nosotros mismos. Al embustero nadie le cree, aunque diga la verdad.La confianza entre las personas es un gran valor. Sólo puede haber confianza cuando reina la verdad[70] .

 

«La mentira perturba el orden social y la pacífica convivencia entre los hombres. Sin la mutua confianza, fundada en la verdad, no es posible la sociedad humana»[71] . «Todos los hombres sentimos gran atracción por la verdad, aunque a veces nos cuesta vivir siendo fieles a la verdad»[72] .

 

Una cosa es mentir y otra ocultar la verdad[73] .

Nunca se puede mentir.

Pero, a veces, hay que ocultar la verdad.

 

Por ejemplo, si a un abogado le preguntan sobre asuntos secretos que no puede descubrir. Esta manera de ocultar la verdad se llama restricción mental[74] .

 

Se dice que una persona habla con restricción mental, cuando da a sus palabras un sentido distinto del que naturalmente tienen[75] .

A veces hay obligación de ocultar la verdad (sacerdotes, médicos), y otras no hay obligación de decirla: por ejemplo, a quien hace preguntas indiscretas.

 

«Hay situaciones difíciles en las cuales no se hallan las palabras adecuadas para eludir las preguntas indiscretas.

»Sólo saben que no pueden revelar la verdad sin causar graves daños.

»Pero no saben cómo hacerlo.

»Por lo tanto dicen lo que objetivamente suena como una mentira. Su buena voluntad los salva de una mentira objetiva»[76].

 

«Mentir es negar la verdad a quien tiene derecho de saberla»[77] .«Nadie está obligado a revelar una verdad a quien no tiene derecho de conocerla»[78] 

En filosofía cristiana son posibles y aceptadas dos nociones de mentira: la de la negación de la verdad, sin más; y la de la negación de la verdad al que tiene derecho de saberla. Tanto una como otra definición se apoyan en los mismos datos ontológico-morales.

 

La primera admite las restricciones mentales.

En el segundo caso, cuando uno pregunta sin derecho, se le puede contestar cualquier cosa; pues a su indiscreción, en preguntar lo que no debe, se le puede oponer nuestra discreción en no responderle.

 

De suyo el interlocutor tiene derecho a la verdad. Es la base de las relaciones humanas.

Pero hay casos en los que hay que ocultar la verdad a quien no tiene derecho de saberla.

 

«Entre los bienes que posee el hombre se encuentra la capacidad de expresar y comunicar los pensamientos y afectos mediante la palabra.(...)

»El buen empleo de la palabra es para todos un deber de justicia. Sin este recto empleo no sería posible convivir.(...)

»La maldad de la falta de veracidad es algo patente: incluso los que mienten ven mal que se utilice contra ellos la mentira.(...)

»El prójimo tiene derecho a que hablemos con verdad, pero no tiene derecho -salvo en casos excepcionales- a que revelemos lo que puede ser materia de legítima reserva.(...)

»La ocultación de la verdad es lícita cuando existe causa proporcionada»[79].

 

La sinceridad es un valor. Pero «la sinceridad no consiste en decir todo lo que se piensa, sino en no decir lo contrario de los que se piensa»(F. Maurois)[80].

 

Conviene, finalmente, advertir que no es pecado ninguno la mentira jocosa, que ni beneficia ni perjudica a nadie, que se dice para divertir[81] , que todos pueden caer en la cuenta de que la cosa no fue así, sino que se trata de una broma que se aclara después.

Por ejemplo, las inocentadas del 28 de diciembre, que todo el mundo sabe que se trata de una broma.

 

70,7. «La corrección fraterna es una de la expresiones más importantes de la caridad. (...)

»Sin embargo puede uno no estar obligado a practicarla. Si uno sabe que no está hecho para ello, y que la persona en cuestión ha de reaccionar violentamente, cesa para él la obligación de corregir»[82].

71.- EL NOVENO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES: NO CONSENTIRÁS PENSAMIENTOS NI DESEOS IMPUROS.

 

71,1. Este mandamiento se refiere a los pecados internos contra la castidad: pensamientos y deseos. Completa al sexto.

Incluye los deseos deshonestos y las complacencias en malas acciones, aunque no se piensen cometer o ya se hayan cometido[83] .

 

Dice Jesucristo: «El que mira a una mujer casada deseándola, ya ha sido adúltero con ella en su corazón»[84] .

«Nuestra moral cristiana no es una moral hipócrita, que se fija sólo en lo externo; al contrario, exige una congruencia entre el acto interno de la voluntad y la acción externa»[85] .

 

Hoy la televisión propaga las fantasías sexuales.

Es un modo de difundir la inmoralidad, pues dicen los psicólogos que «la idea lleva al acto».

Por eso la moral católica manda rechazar los pensamientos y deseos deshonestos.

 

Quien sinceramente desea evitar un acto prohibido, debe evitar también el camino que lleva a él.

Se trata, naturalmente, de deseos de cosas prohibidas.

 

Para los esposos son lícitos los deseos de todo aquello a lo que tienen derecho. Igualmente los novios pueden desear que llegue el día de su matrimonio.

 

Es claro que para que haya pecado en este mandamiento, como en cualquier otro, es necesario desear o recrearse voluntariamente en lo que está prohibido hacer.

Quien tiene malos pensamientos, imaginaciones o deseos contra su voluntad, no peca.

Sentir no es consentir.

El sentir no depende muchas veces de nosotros; el consentir, siempre.

El pecado está en el consentir, no en el sentir.

Siente el cuerpo, consiente el alma.

Y quien peca es el alma, no el cuerpo.

 

No creas que has consentido en un mal pensamiento porque haya durado más o menos.

Puede ocurrir que te presente la imaginación toda una película de cosas, que si se piensan sin querer, no son pecado ninguno.

Puede un pensamiento molestarte durante mucho tiempo, incluso durante días. Como una mosca pegajosa que vuelve una y otra vez.

Por muchas vueltas que te dé un mosquito, mientras tú no le dejes, no te pica.

Si tú no aceptas el mal pensamiento, y haces todo lo posible por rechazarlo, no sólo no pecas, sino que mereces, y mucho, a los ojos de Dios.

 

Debes también distinguir entre el gusto y el consentimiento.

Es muy posible que sientas atracción por la cosa, que veas que te gusta, incluso que sufras conmoción orgánica, y sin embargo tu voluntad esté rechazando todo esto.

Mientras tu voluntad no consienta en disfrutar de esa sensación, o en deleitarte en ese mal pensamiento, no hay pecado ninguno.

No es lo mismo sentir una atracción que paladear un gusto.

No es lo mismo experimentar una sensación, que aprovecharla[86] 

Los sentimientos son un estado emocional espontáneo que no depende de nosotros.

 

71,2. Para vencer los malos pensamientos que importunan, lo mejor es despreciarlos y distraerse con otra cosa.

 

La mejor arma contra un mal pensamiento es otro pensamiento, que sea bueno.

 Ponte a silbar o a cantar.

 Lee un libro.

 Coge un lápiz y ponte a hacer una multiplicación de muchas cifras.

Si no tienes lápiz, procura hacerla mentalmente.

Piensa en algo concreto totalmente distinto.

Aunque sea un absurdo; por ejemplo, en formar un equipo de fútbol con los once hombres más gordos que conozcas.

Piensa que les arbitras el partido, o que eres el árbitro de un partido internacional, o que estás practicando un deporte que te entusiasma.

Algo que te absorba el entendimiento, por ejemplo, recordar los nombres de las provincias de España, imaginarte las diez catedrales más bonitas que conozcas, llamar por teléfono a un amigo, etc.

Incluso podrías pensar: «¿y si me muriera ahora mismo?».

Entra dentro de lo posible.

El caso es ocupar la mente en algo concreto.

Y si puedes emprender una  ocupación que te absorba toda la atención, todavía mejor.

Quizás pueda ayudarte el que salgas a dar una vuelta para distraerte.

En fin, tú búscate alguna triquiñuela para borrar de tu imaginación ese pensamiento que te está molestando.

 

Pero lo primero, acudir brevemente a Dios o a la Virgen pidiéndoles la gracia de triunfar, por ejemplo, con una jaculatoria. Inmediatamente después desprecia esos pensamientos y distráete.

 

Es necesario adquirir la costumbre de reaccionar rápidamente contra las tentaciones: lo mismo que te sacudes automáticamente una chispa del cigarro que te cae en tu chaqueta nueva.

 

71,3. «Muchas veces circunstancias exteriores, como las malas conversaciones, las lecturas peligrosas, las diversiones y espectáculos deshonestos y la televisión, suscitan imaginaciones, pensamientos o deseos de cosas impuras.

 

 En estos casos el primer recurso es huir de aquellas circunstancias. Quien voluntariamente se pone, sin causa justa, en circunstancias que constituyen grave peligro y ocasión próxima de consentir en pensamientos o deseos malos, comete pecado grave»[87] .

 

71,4. Contra este mandamiento son pecado grave los malos pensamientos y deseos si se han consentido complaciéndose en ellos voluntariamente.

 

72.- EL DÉCIMO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS ES: NO CODICIARÁS LOS BIENES AJENOS.

 

72,1. Este mandamiento está contenido en el séptimo. Pero insiste en que también se puede pecar deseando tomar lo ajeno[88] . Se trata, naturalmente, de un deseo desordenado y consentido. El décimo mandamiento prohibe la codicia.

 

Eso no quiere decir que sea pecado el desear tener, si pudieras lícitamente, una cosa como la de tu prójimo. Este mandamiento no prohíbe un ordenado deseo de riquezas, como sería una aspiración a un mayor bienestar legítimamente conseguido.

Manda conformarnos con los bienes que Dios nos ha dado y con los que honradamente podamos adquirir[89] .

Pero sí sería pecado murmurar con rabia contra Dios porque no te da más; y tener envidia de los bienes ajenos[90] .

 

La Iglesia exalta el desprendimiento de los bienes de este mundo. Pero esto no se opone al progreso que tiende a hacer desaparecer la miseria que impide practicar la virtud de algunos sectores sociales.

 

72,2. No dejes que la amargura de corazón corroa la paz de tu alma.

Aunque la vida sea dura y la queja asome a tus labios, no dejes que la amargura se apodere de tu corazón.

Esfuérzate por mejorar tu situación y satisfacer tus necesidades, pero sin amargura. Dios lo quiere y la Iglesia -como madre tuya- es la primera que lo procura, enseñando a todos lo que el trabajador se merece.

Recuerda lo que te he dicho en el cuarto mandamiento.

 

Esfuérzate, sí; pero siempre por medios lícitos; no con espíritu de rebeldía, ni de odios, sino con espíritu cristiano, con fe en la Providencia de Dios, y sin olvidar que en esta vida no se puede hacer desaparecer el sufrimiento. Por otra parte, no olvides que no consiste todo en amontonar dinero.

 

Es mucho más importante hacer buenas obras, pues el premio eterno del cielo vale más que todo el oro del mundo. Si creyéramos esto de verdad, pondríamos mucho más empeño en practicar el bien.

 

«La autoridad debe poner los medios para fomentar una mejor prosperidad pública y mejorar el nivel de vida del pueblo, con una justa distribución de la riqueza. Los padres deben procurar los bienes convenientes para asegurar a sus hijos un buen porvenir.

»Los poseedores de riquezas deben cuidar de su mayor rendimiento y de su acertada inversión para crear otras fuentes de riqueza y nuevos puestos de trabajo, en conformidad con las necesidades del bien común.

»Todos debemos cooperar, con nuestro trabajo, al mayor bienestar y prosperidad pública y privada.

»Pero el deseo de riquezas debe estar moderado por la virtud de la justicia distributiva y social. Y no podemos aspirar a ellas sino por medios lícitos y con fines honestos.

»El deseo inmoderado de riquezas con fines egoístas y medios injustos provoca luchas sociales e incluso guerras entre las naciones»[91] .

 

Codicia es la idolatría del dinero.

Es un deseo de poseer sin límites que lleva a la explotación del prójimo, o a no compartir los bienes propios con los necesitados.

El ansia de dinero puede esclavizar lo mismo al que lo tiene que al que no lo tiene.

Siempre se ha dicho que «la avaricia rompe el saco».

Muchos se han perdido por su codicia.

 

Voy a ilustrar esto con dos cuentos, uno indio y otro ruso.

El indio es éste:

Un cazador de monos se subió a un cocotero, hizo un agujero en un coco y lo llenó de avellanas.

Vino el mono y metió la mano para coger las avellanas.

Pero con la mano cerrada llena de avellanas no la podía sacar por el agujero del coco. Pero no quería soltar las avellanas.

Se quedó trabado, vino el cazador y le echó el lazo.

 

El ruso lo cuenta el escritor León Tolstoi:

Un terrateniente le dice a un campesino: «Te voy a regalar todo el terreno que puedas recorrer en un día. Pero tienes que llegar aquí antes de que se haya puesto el sol».

En campesino empezó a caminar.

Pero pensó que si iba corriendo tendría más terreno.

Se fue muy lejos, y al ver que se ponía el Sol corrió más aprisa y llegó cuando quedaba muy poco del Sol poniente.

Pero el esfuerzo fue tan grande que cayó muerto.

La tierra que le dieron fue dos metros cuadrados para su tumba. Y es que la avaricia rompe el saco.

 

Dijo Marañón: «Estimamos menos lo que poseemos que deseamos lo que no tenemos»[92].

 

 

72,3. Los trabajos fisiológicos de Bert[93]  sobre el oxígeno, necesario para nuestras células, han demostrado que si están faltas de él, padecen y mueren; pero un exceso, también les es nocivo, porque les resulta convulsivo.

 

Es decir, que nuestro organismo está hecho para una medida; y lo mismo resulta nocivo una carencia que un exceso.

Lo mismo que ocurre con el oxígeno, ocurre con el azúcar, el calor o la libertad.

 

Tan perjudicial es una carencia como un exceso. Y también con los bienes materiales. Lo mismo que hay un mínimo económico vital, debería fijarse un máximo vital no sobrepasable para poder permanecer en el equilibrio humano.

 

En los países donde el progreso ha alcanzado metas altísimas, y una libertad de costumbres sin freno, han resultado hombres cansados de vivir. Por eso en ellos se multiplican tanto los suicidios.

 

La Iglesia tiene sus razones cuando enseña una ascética de lucha y de vencimiento propio.

 

Esta superación del hombre sobre sí mismo, aunque exige esfuerzo y sacrificio, llena también de satisfacciones la vida.

La felicidad no está en tener muchas cosas, sino en saber disfrutar de lo que se tiene.

 

Ya lo dijo Kathleen Sutton: «Cuando no se puede tener lo que se quiere, hay que querer lo que se tiene»[94].

 

Tenía razón el que dijo: «No es rico el que tiene mucho, sino el que está contento con lo que tiene».La felicidad brota de lo más íntimo de nuestro ser.

 

Quien busca la felicidad fuera de sí mismo es como un caracol en busca de casa.

La alegría es posible en todas las circunstancias de la vida.

Los que no la encuentran es porque la buscan donde no está. En lugar de buscarla en uno mismo, la buscan en cosas exteriores que dejan el corazón vacío, y después viene el tedio y la tristeza.

 

   «La felicidad no depende de lo que nos pasa, sino de cómo lo percibimos. La felicidad está en disfrutar de lo que tenemos, y no en desear lo que no podemos tener. La persona feliz siempre encuentra algo positivo en lo negativo»[95] .


[1] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2401

[2] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para seglares,1º, 2ª, III, nº 629,1º. Ed.BAC.Madrid

[3] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2409

[4] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2412

[5] ANTONIO ROYO MARÍN,O.P.:Teología Moral para seglares, 1º,2ª,III,nº772-780.Ed.BAC.Madrid

[6] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para seglares, 1º, 2ª, III, nº  754.   Ed. BAC. Madrid

[7] JUAN ANTONIO GONZÁLEZ LOBATO: RAZONES DE LA FE,XI,6s.  E.M.E.S.A. Madrid. 1980.

[8] AURELIO FERNÁNDEZ: Compendio de Teología Moral, 3ª, IX, 4, 2, aEd.Palabra.Madrid.1995.

[9] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.:Teología Moral para seglares,1º, 2ª,III,nº 765-771.Ed.BAC.Madrid

[10] JESÚS MARTÍNEZ GARCÍA: Hablemos de la Fe, III, 8. Ed. Rialp. Madrid. 1992.

[11] DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, nº 1938c.  Ed. Herder . Barcelona

[12] DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, nº 1938a. Ed. Herder. Barcelona.

[13]  DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, nº 1851 . Ed. Herder. Barcelona.

[14]  JOSÉ Mª LLOVERA: Tratado de sociología cristiana, nº 212. Ed. Luis Gili. Barcelona

[15] PÍO XI: Encíclica Quadragessimo anno, nº 17

[16] JEAN VILLAIN, S.I.: La Enseñanza social de la Iglesia, 2ª, 1º, I, 4 y 7. Ed. Aguilar. Madrid.

[17] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2406

[18] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2402

[19] PÍO XII: Carta al Episcopado Norteamericano, 1940

[20] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2417

[21] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2418

[22] Nuevo Catecismo de la  Iglesia Católica, nº 2462

[23] Primera Carta de San Juan, 3:17

[24] Nuevo Catecismo de la  Iglesia Católica, nº 2446

[25] PÍO XI: Quadragessimo anno, nº 56 y Divini Redemptoris, nº 49

[26] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.:Teología Moral para seglares,1º,2ª, III,nº891,b,3º.Ed.BAC.Madrid

[27] Concilio Vaticano II: Gaudium et Spes: Constitución sobre la Iglesia en el mundo actual, nº 98

[28] Nuevo Código de Derecho Canónico, nº 222,2

[29] Concilio Vaticano II: Apostolicam Actuositatem: Decreto sobre el Apostolado de los Seglares,nº 8

[30] ANTONIO ARZA, S.I.: Preguntas y respuestas en cristiano, pg.130.  Ed. Mensajero. Bilbao.1982

[31] Revista ILLUMINARE, 335 ( X-95 ) 13

[32] Diario YA, 20-VI-90, pg. 24

[33] DIARIO DE CÁDIZ del 29-X-96, pg.27

[34] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2413

[35] Diario YA, 22-III-90, pg. 7

[36] Diario YA, 28-III-92, pg. 13

[37] Diario ABC de Madrid, 29-X-96, pg.73

[38] DIARIO DE CÁDIZ, 28-X-95, pg. 21

[39] DIARIO DE CÁDIZ, 29-X-96, pg. 34

[40] DIARIO DE CÁDIZ, 29-IX-95, pg. E4

[41] Diario EL PAÍS, 13-I-96, pg. 23

[42] Diario YA, 24-VI-88, pg. 16

[43] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2408

[44] Concilio Vaticano II: Gaudium et Spes: Constitución sobre la Iglesia en el mundo actual, nº 69

[45] DOMÈNEC MELÉ: Cristianos en la sociedad, VII, 4, c.  Ed. Rialp. Madrid. 1999.

[46] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para seglares, 1º, 2ª, III, nº 751. Ed. BAC. Madrid

[47] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para seglares, 1º, 2ª, III, nº 752. Ed. BAC. Madrid

[48] Libro básico del creyente hoy, XXXVI, 3. Ed. PPC. Madrid

[49] AURELIO FERNÁNDEZ: Compendio de Teología Moral, 3ª, IX, 4. 5, aEd.Palabra.Madrid.1995.

[50] ANTONIO ROYO MARÍN,O.P.:Teología Moral para seglares, 1º, 2ª, III, nº 750,5º. Ed.BAC.Madrid

[51] RAFAEL GÓMEZ PÉREZ: Problemas morales de la existencia humana, 5ª, I, 3. Ed. Magisterio Español. Madrid, 1981

[52] ANTONIO ARZA, S.I.: Preguntas y respuestas en cristiano, pg.247.Ed. Mensajero. Bilbao.1982

[53] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2497

[54] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para seglares, 1º, 2ª, III, nº 799.  Ed. BAC. Madrid

[55] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2491

[56] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.:Teología Moral para seglares,1º,2ª,III,nº 398,4ª,c.Ed.BAC.Madrid

[57] H. NOLDIN, S.I.: Summa Theologiae Moralis, 2º, 2ª, VII, 5. nº671. Ed. Herder. Barcelona

[58] H. NOLDIN, S.I.: Teología  Moral, II, 672. Ed. Herder. Barcelona

[59] JUAN ANTONIO GONZÁLEZ LOBATO: Razones de la fe, XII, 4,a.  E.M.E.S.A. Madrid. 1980.

[60] MELCHOR ESCRIVÁ, S.I.: Medicina de la personalidad, LII.  Ed. Sal Terrae. Santander.

[61] ÁNGEL MÉNDEZ: Dirección espiritual, 1º, pg. 260. Pedraza 3. 27569. Monterroso. Lugo.

[62] JAIME BALMES: El criterio, VII, 2. Ed. BAC. Madrid.Este libro es utilísimo para la madurez mental y formación intelectual. Balmes, sacerdote catalán, fue uno de los grandes filósofos de la Europa del siglo XIX.

[63] Evangelio de San Mateo, 7:1

[64]MANUEL DE TUYA, O.P.: La Biblia comentada. Evangelio de San Mateo, VII, a. Ed. BAC. Madrid

[65] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2477

[66] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2487

[67] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para seglares, 1º, 2ª, III, nº808.  Ed. BAC. Madrid.

[68] ANTONIO ARZA, S. I. : Preguntas y respuestas en cristiano, pg.30.  Ed. Mensajero. Bilbao.1982

[69] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2484

[70] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2469

[71] ANTONIO ROYO MARÍN,O.P.:Teología Moral para seglares,1º, 2ª,III,nº 792,3º,c.Ed.BAC.Madrid

[72] Con nosotros está, 2º, XII. Madrid, 1976

[73] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2489

[74] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2491

[75] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para seglares,1º, 2ª, III, nº  794.  Ed. BAC. Madrid

[76]  BERNHARD HÄRING: SHALOM: Paz, XIX,9.  Ed. Herder. Barcelona. 1998.

[77] PHILIPPE DE LA TRINITÉ: ¿Diálogo con el marxismo?, II, D, 1.  Ed. Aldecoa. Burgos.

[78] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2489

[79] RAFAEL GÓMEZ PÉREZ: Problemas morales de la existencia humana, 5ª, 1. Ed. Magisterio Español. Madrid. 1981.

[80]  ÁNGEL MÉNDEZ: Dirección espiritual, 1º, pg. 235. Pedraza 3. 27569. Monterroso. Lugo.

[81] BERNHARD HÄRING: SHALOM: Paz, XIX,7.  Ed. Herder. Barcelona. 1998.

[82]  BERNHARD HÄRING: SHALOM: Paz, XIX,8.  Ed. Herder. Barcelona. 1998.

[83] JUAN ANTONIO GONZÁLEZ LOBATO: Razones de la Fe, V, 8, a.  Ed. EMESA. Madrid. 1980.

[84] Evangelio de San Mateo, 5:28

[85] ANTONIO TAPIES: Nuestra salvación, 1ª, I, 28. Barcelona

[86] ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología de la salvación, 1ª, III, nº 69. Ed. BAC. Madrid.

[87] CATECISMO: Texto Nacional. Tercer Grado. Lección 33

[88] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2536

[89] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2537

[90] Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2539

[91] CATECISMO: Texto Nacional. Tercer Grado. Lección 34

[92]  ÁNGEL MÉNDEZ: Dirección espiritual, 1º, pg. 391. Pedraza 3. 27569. Monterroso. Lugo.

[93] CHAUCHARD: El humanismo y la ciencia, III, 5. Ed. FAX. Madrid

[94] BERNABÉ TIERNO: Valores humanos, 4º, IV.  Ed. Taller de Ediciones. Madrid. 1998.

[95] BERNABÉ TIERNO: Revista EL SEMANAL, 4-VI-95, pg. 102